[code language=”plain”]La solución de controversias es un aspecto fundamental de los contratos de construcción y en particular de los contratos llave en mano, en especial por la complejidad de los proyectos así como su prolongada dura- ción en la cual puede haber cambios económicos y políticos. Por esta razón, es deseable resolver cualquier controversia de forma pronta, efectiva y adecuada. Es claro que en los contratos internacionales por lo gen- eral existe una preferencia obvia por el arbitraje como medio de solución de controversias. En igual forma, el arbitraje se convierte como un mecanismo, aún más deseable cuando la contraparte del contratista es un Estado. Asimismo, es frecuente encontrar en este tipo de contratos medios alternativos de solución de controversias, a través de cláusulas escalonadas que van de la negociación, pasando por uno o dos medios alternativos, hasta llegar a los medios jurisdiccionales o el arbitraje.
Los mecanismos alternativos de solución de controversias se presentan como una necesidad cuando se advierte que el proyecto debe ser ejecutado dentro de un plazo y conforme a un presupuesto, por lo cual será vital que los litigios se resuelvan de forma rápida y tomando en consideración las peculiaridades del caso. Entre los procedimientos alternativos no jurisdiccionales más utilizados en los contratos de construc- ción encontramos: el peritaje, los Dispute Boards, la conciliación y la mediación, mismos que trataremos brevemente.
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